Principales Fuentes De Ingreso De De La Hacienda Pública Nacional Y ¿Cómo Se Clasifica Jurídicamente La Actividad Del Estado Para Obtenerlo?
¿Principales Fuentes De Ingreso De De La Hacienda Pública Nacional
Y ¿Cómo Se Clasifica Jurídicamente La Actividad Del Estado Para Obtenerlo?
Artículo
311 CRBV: Todo ingreso debe estar previsto en el presupuesto anual. Prohíbe
ingresos paralelos y exige la unidad del Tesoro Nacional.
Artículo
316 CRBV: Los tributos deben establecerse según los principios de legalidad,
justicia, equidad y eficiencia recaudatoria.
Artículo
133 CRBV: Todos los ciudadanos tienen el deber de contribuir con los gastos
públicos.
Artículo
156.12 CRBV: Otorga al Poder Nacional la competencia para establecer y recaudar
impuestos nacionales.
1. Ingresos Tributarios
Son
los más comunes y se originan en el ejercicio del poder tributario del Estado,
es decir, su facultad de imponer y recaudar tributos.
Tipos
de tributos:
Impuestos:
No
tienen una contraprestación directa. Ejemplo: Impuesto al Valor Agregado (IVA),
Impuesto sobre la Renta (ISLR)
Tasas:
Se pagan a cambio de un servicio público
específico. Ejemplo: Tasa por emisión de pasaporte.
Contribuciones
Especiales:
Se pagan por beneficios particulares derivados
de una obra o actividad estatal. Ejemplo:
Contribuciones
al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).
2. Ingresos No
Tributarios
No
provienen del poder tributario, sino de la actividad general del Estado como
propietario o prestador de servicios. Ejemplos:
Rentas
petroleras y mineras (ingresos por exportación de recursos naturales).
Multas
y sanciones administrativas.
Préstamos
públicos (endeudamiento interno o externo).
Dividendos
de empresas estatales, como PDVSA o empresas básicas.
Donaciones
o transferencias internacionales.
1.
Poder tributario:
Es
la facultad de crear y exigir tributos. Esta actividad es unilateral y obligatoria
para el ciudadano. Ejemplo: el cobro del IVA o ISLR.
2.
Poder Parafiscal:
Permite
a entes distintos del Estado (como institutos autónomos) cobrar contribuciones
especiales. Ejemplo: contribuciones al IVSS o al INCE.
3.
Actividad Patrimonial:
Cuando
el Estado actúa como propietario o empresario, generando ingresos por el uso o
explotación de sus bienes. Ejemplo: venta de petróleo, cobro de alquileres de
bienes públicos.
4.
Actividad Crediticia:
Cuando
el Estado acude al endeudamiento. Está regulada por la CRBV (Art. 312) y
requiere autorización legislativa.

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